Transparencia Pasiva
11.1. Medios de seguimiento para la consulta del estado de las solicitudes de información pública
- a. En la recepción de solicitudes de información pública los sujetos obligados deben indicar al solicitante los medios por los cuales se puede hacer seguimiento a la misma mediante el número o código de seguimiento asignado (El contenido de esta sección se encuentra actualización.)
- 11.2. Formulario para la recepción de solicitudes de información pública.